Las siguientes políticas, términos y condiciones bajo las cuales opera el programa de lealtad Afilia-T Pro-Medic de Red Salud, serán la parte contractual con nosotros al utilizar los servicios, por lo que respecta de manera enunciativa más no limitativa, las cuales podrán ser modificadas en cualquier momento según se considere conveniente sin previo aviso. Siempre informando de dichos cambios a los usuarios por medio de nuestra pagina de internet y/o redes sociales. La versión más actual estará disponible y reemplazará a todas las versiones anteriores. Al momento de registrarse en el programa Afilia-T Pro-Medic de “Red Salud”, el usuario y/o cliente reconoce y acepta, que al momento del registro y uso del programa se obliga de conformidad con las presentes políticas, términos y condiciones, así como cualquier disposición legal que pudiera resultar aplicable. La información proporcionada al momento del registro por los usuarios será de utilidad exclusiva para los fines de este programa y promociones de la franquicia; apegándose al aviso de privacidad para la protección de datos personales en posesión de “Red Salud”, cumpliendo con lo dispuesto por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y su Reglamento. Para conocer más detalles acerca del uso que se le dé a sus datos personales y sus derechos ARCO, acceda al aviso de privacidad completo a través de nuestra pagina de internet www.rsalud.com.mx 1. Programa AFILIA-T a Pro-Medic 1.1 AFILIA-T es un programa con el propósito y compromiso de coadyuvar y contribuir a mejorar la vida de otros, pone al alcance de los usuarios del programa Afilia-T a Red Salud, profesionales de salud calificados y certificados a costos accesibles, por medio de un seguimiento a las necesidades de una manera integral dentro y fuera de nuestras instalaciones. 1.2 El programa AFILIA-T tiene como objetivo recompensar a nuestros aliados y asociados a través de beneficios económicos y en especie regulados por las presentes políticas, términos y condiciones, las cuales son consideradas como parte del convenio de integración a la sociedad y al programa Afilia-T Pro-Medic. 1.3 Dichas políticas, términos y condiciones es la regulación para la prestación de servicios de salud y el otorgamiento de beneficios médicos para los afiliados a la red de la empresa, con el cual las partes que intervienen se sujetaran como lineamientos de aplicación y su cumplimiento contractual. 1.3 El programa es operado y administrado por “Operadora de Franquicias Red Salud, S. de R.L. de C.V.”, exclusivamente en territorio mexicano, con domicilio en Calle 6ta poniente sur No. 879, Colonia Centro, Tuxtla Gutierrez, Chiapas, México, C.P. 29000; en lo sucesivo “Red Salud” en cooperación con los socios comerciales que han celebrado con “Red Salud” un contrato de colaboración para la participación en la coalición del programa en lo sucesivo "socios comerciales”. 1.4 Todos los logotipos, eslogan, programas, material exhibido y suministrado, nombres de dominios, nombres comerciales, programas, obras artísticas, contenidos, organización, recopilación, compilación, información, fotografías, imágenes, aplicaciones, y en general cualquier información contenida o publicada o trabajada dentro de la sucursales, subsidiarias, redes sociales o página web son marcas registradas y/o en proceso de trámite propiedad de “Red Salud”. 1.5 El presente convenio se celebra con el fin de: 1.5.1 Establecer un mecanismo de apoyo a los afiliados y/o clientes de la red en otorgamiento de beneficios de salud a través de la oferta de servicios y descuentos en servicios médicos y campañas médicas. 1.5.2 Establecer el mecanismo de incorporación donde “Profesionales de la salud acreditados” se integran a través del presente convenio como socio franquiciatario honorario del programa afilia-T pro medic donde tendrá participación de las utilidades del programa según el esquema y nivel en el que participe de la sociedad franquiciataria. 1.5.3 Que el socio honorario contará de manera a la incorporación a la presente la siguiente documentación: I. Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y/o Clave Única de Registro de Población (CURP). II. Titulo de la Profesión III. Cédula Profesional IV. Aviso de funcionamiento y/o Licencia Sanitaria La anterior documentación debe ser vigente, con el objeto de verificar la autenticidad de la profesión y la legalidad de la prestación de los servicios en el momento que se le solicite. 1.5.4 “El Profesional de la Salud” declara que los datos facilitados a “Red Salud” para el cumplimiento de este convenio, son correctos, veraces y están en vigor; en caso de que algún documento y/o información presentada haya sido falseada por el (los) solicitante (s), será motivo de la suspensión de la firma del mismo, además de las repercusiones legales que se establezcan. 1.5.5 Que las representaciones para cualquier acuerdo contractual entre las partes siempre será con los titulares y/o apoderados legales de las partes. 2. Registro 2.1 Se podrá registrar cualquier profesional de la salud debidamente acreditado y con capacidad legal para obligarse, que resida en territorio mexicano y se encuentre debidamente facultado para realizar las acciones marcadas en el programa AFILIA-T y reguladas de manera enunciativa mas no limitativa en estas políticas, términos y condiciones. El profesional de la salud acuerda que su registro al programa es de manera voluntaria, libre y responsable, sin que al efecto exista dolo, lesión, error y/o algún vicio de la voluntad que lo invalide. 2.2 EL cliente podrá registrase en cualquiera de nuestras sucursales “Red Salud”, en nuestra página web www.rsalud.com.mx, coach de salud u organizaciones aliadas de manera independiente y gratuita. 2.3 Una vez registrado en nuestro sistema, el profesional de la salud será registrado en nuestra base de datos con el fin de publicitar la relación al otorgamiento de la prestación de servicios, de apoyos, beneficios y descuentos exclusivos en los servicios médicos a favor a la red de afiliados del programa de lealtad de Red Salud. Dichas membresías serán otorgadas bajo tres esquemas: 2.3.1 Población en general: membresía básica 2.3.2 Población en estado de vulnerabilidad económica: membresía por tu salud. 2.3.3 Población laboral o empresarial: membresía Empresalud. 2.3.4 Y cualquiera que en un futuro se implemente para beneficio mutuo. Los beneficios otorgados a través de dichas membresías son los marcados en la políticas, términos y condiciones vigentes de cada programas que se podrán consultar en nuestra pagina de internet www.rsalud.com.mx, las cuales serán acordadas previamente en cuanto a cada servicio. 2.4 La presentación de la solicitud de registro, es suficiente para formar parte del mismo, aunque algunos cuentan con un seguimiento de inscripción que el usuario tendrá que completar; “Red Salud”. 2.5 En el momento del registro, “Red Salud” asignará un número de usuario al cual se agregarán los beneficios generados por los programas. 2.6 La información proporcionada por usuario, y el simple uso de los beneficios del programa, faculta y autoriza expresamente a “Red Salud para usar dicha información para fines de los programas, promocionales, de servicio, estadísticos y cualquiera que sea necesario en su momento con respecto exclusivamente al programa, siendo cada uno de éstos responsables por el uso y manipulación de los datos de manera independiente; y/o se reserva el derecho a su única discreción de no aceptar a un usuario en el programa o de cancelar al usuario una vez que haya sido inscrito en el programa. 2.7 “Red Salud” podrá rechazar cualquier solicitud de afiliación cuando el solicitante proporcione cualquier información falsa o errónea o sospeche que pueda ser usada de forma fraudulenta. 2.8 El usuario será responsable de que sus datos estén actualizados. La rectificación o cambio de los datos personales se podrá realizar por solicitud escrita del titular en cualquiera de nuestras sucursales o a través del correo electrónico de miguel.garcia@rsalud.com.mx. Si el cliente no actualiza sus datos personales “Red Salud” no se harán responsables de las consecuencias de la falta de actualización. 2.9 El usuario podrá recibir la información del programa, campañas y beneficios vía correo electrónico proporcionado en el registro. 2.11 El usuario podrá solicitar de manera personal la baja del programa en su caso si este lo requiere enviando un correo a miguel.garcia@rsalud.com.mx la solicitud correspondiente. 2.12 La integración a la sociedad franquiciataria del programa afilia-T pro medic le dará derecho en participar en los beneficios utilitarios exclusivamente de este programa de la franquicia Red Salud según al nivel que pertenezca. 3. La prestación de los servicios: Las partes acuerdan: 3.1 En cuanto a la prestación de los servicios: 3.1.1Que los servicios derivados del presente convenio, consistirán en la provisión de lo establecido en la ficha de registro del programa, así como la asignación de sus costos, cualquier variación de servicios en disminución y/o aumento será notificado al área de patricia.gutierrez@rsalud.com.mx y será integrado como un anexo al expediente. 3.1.2 Qué la prestación de los servicios de consulta, diagnóstico, tratamiento y prevención, se realizarán de acuerdo a lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas que regulan el giro comercial según la clave SCIAN. 3.1.3 Red Salud establece el mecanismo de citas preparadas con el fin de garantizar al prestador de servicios el pago por parte del usuario, una vez que Red Salud notifique el folio para calendarizar una cita esta quedará como parte obligatoria para el pago de dicha prestación de servicio, aun si el paciente no se presentase. Por motivo de cancelación se le permitirá a Red Salud como representante del usuario realizar un cambio de cita o la cancelación de la misma por lo menos con 1 hora de antelación. En el caso de que el paciente llegue directamente al consultorio, “El Prestador de Servicios” podrá decir darle el espacio o no, notificando al área administrativa de la empresa de la consulta o servicio prestado, que tendrá que ser cobrado por “El Prestador de Servicios” en las condiciones preferenciales y etiquetadas en el programa con el fin de cumplir con los beneficios de las partes pactados en el presente convenio. 3.1.4 Que las citas quedarán a disponibilidad de la agenda de “El Prestador de Servicios”, y serán gestionadas por el personal de Red Salud. 3.1.5 Que al integrarse al presente programa “El Prestador de Servicios” acuerda respetar los lineamientos establecidos por el programa para otorgar los beneficios a los clientes afiliados a la red: 3.1.5.1 Los días y horarios programados. 3.1.5.2 A los afiliados debidamente identificados. 3.1.5.3 Respetando las tarifas preferenciales. 3.1.5.4 Y siempre se ofertaran beneficios de calidad, con garantías, veracidad, autenticidad. 3.1.5.5 Respetar la normativa oficial reguladora de la prestación del servicio que es la prestación del servicio objeto de este convenio. 3.1.6 Para efectos de cumplir con el presente compromiso acepto que el programa y la empresa que lo coordina, supervise en mi negociación en cualquier momento y la aplicación de los descuentos otorgados en beneficio de los afiliados. 3.1.7 “El Prestador de Servicios” no podrá ofertar servicios a los afiliados fuera del presente convenio, así como también no podrá ofertar servicios que no estén regulados, registrados o permitidos conforme la normativa vigente o el presente convenio. 3.1.8 Que “El Prestador de Servicios” tendrá que mantener vigentes los permisos, avisos y licencias vigentes que norman y regulan su giro. 3.2 En cuanto al precio pactado por los servicios: 3.2.1 Los precios pactados incluirán los impuestos (precio neto) por lo cual en el momento de la factura serán desglosados. 3.2.2 Los precios pactados serán los que aparecen en la ficha de registro de “El Prestador de Servicios” o en el anexo contractual al presente; en caso de cambio de precios, tendrán que ser notificados con 60 días de anticipación al área administrativa de Red Salud (administracion@rsalud.com.mx) con el fin de que puedan ser cambiados en los catálogos de la red y notificados a la misma. 3.2.3 El precio acordado será depositado conforme lo pactado en la cláusula de contraprestación y forma de pago. 3.2.4 El prestador del servicio estipulará los precios que quiere ofertar a la red convenidos y negociados con Red Salud, en la cual se marcará el importe de subsidio que se les maneja a la red para mayor claridad y transparencia en la negociación, este importe pactado es el que se exhibirá en los catálogos de la red y el factor competencia de los prestadores de servicios quedará sobre la base de lo ofertado. Del valor agregado al precio se entiende que será el aplicable para beneficios en la red que gestiona Red Salud. 3.3 En cuanto a ser socio franquiciatario honorario: 3.3.1 “El Prestador de Servicios” participa como socio franquiciatario honorario dentro del programa afilia-T Pro-Medic en dos niveles: 3.3.1.1 Nivel 1: se integra cuando su facturación total es arriba de 2000.00 3.3.1.1 Nivel 2: se integra cuando su facturación es arriba de 50,000.00 3.3.2 Los beneficios serán entregados según lo pactado en el presente convenio una vez que “El Prestador de Servicios” se incluya y cumpla con los niveles de la sociedad franquiciataria. 3.4 En cuanto la normatividad y legalidad de la prestación del servicio: 3.4.1 “El Prestador de Servicios” bajo lo establecido en la cláusula segunda fracción III, libera a Red Salud de cualquier responsabilidad administrativa, penal o de cualquier otra índole en caso del incumplimiento por desconocimiento, negligencia o rebeldía del incumplimiento de las normativas vigentes que regulan su giro comercial y profesional. 3.5 En cuanto a la calidad de los servicios: 3.5.1 “El Prestador de Servicios” conviene, acuerda y se obliga que la calidad de los servicios ofertados a los afiliados y/o clientes en la red nunca se verán afectados por el precio pactado. 3.5.2 “El Prestador de Servicios” en cuanto a lo que aplica análisis en diagnóstico y que el resultado de este se dude en sus veracidad del mismo, se acuerda que se someterá a una segunda prueba sin costo en caso de que lo solicite el cliente sin costo alguno o la devolución del importe pagado. 4. Compromisos de las partes 4.1 . POR RED SALUD: Manifiesta “Red Salud” que se compromete a : 4.1.1 Incorporar a los afiliados de los programas de “Red Salud”, así como también realizar las actividades necesarias y de apoyo para el debido cumplimiento del objeto de este convenio. 4.1.2 Establecer alianzas con organizaciones para incrementar la demanda de los servicios de “El Prestador de Servicios”. 4.1.3 Establecer campañas o eventos donde se pueda generar un incremento en la demanda de los servicios de “El Prestador de Servicios”, quedando a consideración de este si integrarse o no. 4.1.4 Otorgar beneficios (en especie y en colaboración) de apoyo en publicidad según nuestras políticas y programas a “El Prestador de Servicios” para la difusión de sus servicios y publicidad del mismo. 4.1.5 Publicitar los servicios de “El Prestador de Servicios”, siempre y cuando se haya autorizado en la ficha de registro en nuestros medios y nuestros programas de difusión. 4.1.6 Incluir al catalogo de servicios y productos los servicios de“El Prestador de Servicios”. 4.1.7 Establecer un plan de trabajo sí “El Prestador de Servicios” lo requiere para incrementar la demanda de sus servicios. 4.1.8 Establecer una red de promotores de salud con el fin de dar difusión al presente objeto del convenio e incrementar la oferta de los servicios. 4.1.9 Generar la cita para la prestación del servicio garantizando el pago correspondiente al momento de la cita. 4.1.10 Quedando bajo reserva poder cambiar o cancelar la cita con 1 hora de antelación de lo contrario tendría que ser liquida. 4.1.11 Para un mayor control de las citas, las partes acuerdan que se generará un folio consecutivo al momento de la cita como parte de la confirmación de la prestación del servicio, y el paciente tendrá que presentar su membresía y el vale correspondiente para poder ser atendido, dicho documento al momento de genera la cita será confirmado vía correo electrónico. 4.1.12 Incluir medicamentos al catalogo por solicitud del médico en consideración a la demanda del producto, reservando la garantía de precio según etiqueta del proveedor, siempre y cuando tengan registro sanitario. 4.1.13 “Red Salud” señala que respetará y mantendrá las garantías establecidas en el programa durante la vigencia del presente convenio, así como los beneficios otorgados, siempre que este vigente el programa; al mismo tiempo se compromete a buscar mejores y mayores beneficios que se puedan integrar al convenio, que en su caso, se anexaran al presente por medio de una adenda. 4.2 POR “EL PRESTADOR DE SERVICIOS: Manifiesta “Red Salud” que se compromete y se obliga a: 4.2.1 Otorgar la prestación del servicio al que se refiera la ficha de registro de “El Prestador de Servicios”. 4.2.2 Otorgar un precio preferencial para la red en sus servicios competitivo al mercado, en el caso de que otro prestador de servicio oferte el mismo servicio quedará bajo decisión del cliente seleccionar al prestador según su oferta de costos y servicio. 4.2.3 Otorgar a Red Salud doce servicios gratuitos (consulta médica) para ser otorgado a alguna organización y/o afiliado como parte de la promoción de inclusión a la red de manera anual (9 servicios opcionales para los procesos de publicidad). 4.2.3 A otorgar el servicio con la misma calidad que cualquier otro paciente. 4.2.4 Este se obliga a cumplir cabalmente y prestar el servicio en las condiciones legales y normativas correspondientes al giro y demás aplicables de la Ley General de Salud, en caso de no se cumpla con estas, Red Salud podrá dar por rescindido el contrato y no dar por aceptado el servicio. 4.3.5 A responder por su cuenta y riesgo de los daños y/o perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte, llegue a causar a los sujetos beneficiados, a terceros y/o a Red Salud. 4.2.6 Las partes convienen que “El Prestador de Servicios”, se compromete a prestar el servicio dentro de su consultorio médico que cumple la normativa oficial correspondiente para atender a los sujetos beneficiados, salvo acuerdo pactado por las partes en campañas o brigadas, Red Salud le proporcionará el espacio al “El Prestador de Servicios” con las condiciones requeridas. 4.2.7 “El Prestador de Servicios” otorgará a los afiliados en general los servicios profesionales (en lo sucesivo los "Servicios") que con “Red Salud” acuerde en servicios independientes o las campañas o brigadas medicas que se realicen bajo la programación que ambas partes acuerden mediante el plan de trabajo las cuales serán específicas y definidas para cada caso y se acordarán por ambas partes en anexos contractuales determinados, identificándolos por un número consecutivo comenzando con el 1 (uno), los cuales firmados por las partes y formarán parte integrante del presente convenio, en el entendido de que todas y cada una de dichos documentos se sujetarán automáticamente a los términos y condiciones del presente y sus anexos. Cada vez que un programa de trabajo sea acordado entre las partes mediante firma por los respectivos representantes que cuenten con las facultades necesarias para ello, “Las Partes” quedarán obligados a cumplirlos en tiempo y forma. 4.2.8 Las partes se comprometen y sujetaran a cumplirán en todo momento lo marcado en las políticas, términos y condiciones del programa de lealtad Afilia-T a Red Salud. 5. Beneficios 5.1 Declara “Red Salud” que se compromete a otorgar a “El Prestador de Servicios”, una vez incluido en la sociedad franquiciataria del programa Afilia-T pro medic los beneficios vigentes y aplicables a este programa, según las políticas, términos y condiciones: 5.1.2 Nivel 1: 5.1.2.1 Por facturación total de sus recetas médicas que lleguen a cualquiera de nuestras unidades del 1% al 5% según tipo de producto. 5.1.2.2 Por registro de pacientes crónicos en las membresías de salud (gratuitas) para subsidios en medicamentos del 2% al 8% según tipo de producto en cada producto consumido por él afiliado incluido en su red. 5.1.2 Nivel 2: 5.1.2.1 Por facturación total de sus recetas médicas que lleguen a cualquiera de nuestras unidades del 3% al 10% según tipo de producto. 5.1.2.2 Por registro de pacientes crónicos en las membresías de salud (gratuitas) para subsidios en medicamentos del 2% al 15% según tipo de producto. 5.1.2.3 Inclusión de las plataformas organizacionales de pacientes (capacitación incluida al momento de llegar a este nivel) hasta el 20% de la utilidad de la plataforma, previo anexo contrato de modalidad de franquicia. 5.1.2.4 Financiamientos con tazas preferenciales para mobiliario y equipo médico una vez cumplido el año de estar dentro de la red, cumpliendo los requisitos de dicho financiamiento. 5.1.2.5 Regalías del 2% de las utilidades anuales obtenidas por el programa afilia-T pro medic (una vez cumplido el año en la red) del año en curso (no aplica retroactivo si ingreso en periodos intermedios) por ventas de la red, repartida por promedio de productividad de cada integrante de la sociedad franquiciataria del programa Afilia-T Pro medic, previo contrato de modalidad de franquicia e inclusión a la sociedad franquiciataria. 5.1.2.6 Proveer de espacios en consultorios equipados por la red. 5.1.2.7 Subsidios, Financiamientos y preferencia para incorporarse a la sociedad franquiciataria de las unidades de servicio aperturadas a nivel nacional. 5.1.2.8 Asesoría para la implementación de controles para la protección legal de la prestación de servicios médicos en documentación y áreas de trabajo y la implementación de planes de contingencia en seguridad bajo normativas oficiales mexicanas y certificaciones internacionales a costos preferenciales de la red del programa afilia-T pro medic. 5.1.2.9 Cualquier otro que en un futuro agregue la franquicia en sus programas. 5.1.2.10 Desarrollo de software para el control de su modalidad de franquicia y su plataforma médica. 5.1.2.11 Los porcentajes anteriores podrán ser modificados según cambios del programa avisando a “El Prestador de Servicios” con 30 días naturales de anticipación. 6. Confidencialidad: “Las Partes”: 6.1 Se obligan a preservar, guardar y garantizar la confidencialidad de la información, datos, documentos, negociaciones o intervenciones a que tenga acceso derivados de la prestación objeto del presente convenio por ser propiedad exclusiva de “Red Salud”, por lo que no podrá usarlos revelarlos y/o hacerlos accesibles a cualquier tercero por medio impreso, electrónico, conferencias, publicidad o cualquier otra forma o medio, ya sea en parte o en su conjunto; la obligación de confidencialidad será durante la vigencia del contrato y subsistirán aún después de haber concluido la relación jurídica conforme a los marcado en el articulo 142 BIS 2 de la Ley de Propiedad Intelectual. 6.2 Que toda información y documentación que le sea entregada por “Las Partes”, será destinada para el único y exclusivo cumplimiento del objeto del convenio, por lo que se compromete a otorgarles la confidencialidad necesaria para evitar cualquier perjuicio a los mismos, respondiendo por la responsabilidad a la que haya lugar en caso de omisión injustificada. Exceptuandose de lo anterior cuando por alguna circunstancia, le sea requerida por la autoridad judicial, ministerial o cualquier otra competencia para la debida integración de los hechos que tal instancia investigue. Lo mismo se observará con la información que en su caso, pudiese proporcionar cualquiera de las partes, siempre que no sea clasificada como reservada o confidencial, en términos de la ley de transparencia y acceso a la información publica y ademas legislaciones aplicables. 6.3 Las obligaciones de confidencialidad y secrecía permanecerán vigentes aún después de la terminación del presente convenio. A la terminación, “El Prestador de Servicios” devolverá a “Red Salud” todos los soportes materiales que contengan la “Información Confidencial” materia del presente contrato. 7. Desacreditación y/o difamación: “Las Partes” acuerdan y se obligan: 7.1 Abstenerse de realizar manifestaciones o comentarios a terceros personales y/o profesionales de cualquier índole de naturaleza difamatoria o que pueda desprestigiar o desacreditar a la empresa o a sus empleados, administradores o productos, tanto durante como después del contrato con la franquicia Red Salud. 7.2 Cualquier daño al honor motivado por la fracción anterior, es obligación del responsable ejecutar acciones del mismo tipo o con mayor énfasis para limpiar la honorabilidad de la persona física y/o moral a la que causo el daño. Si de esto se derivará algún daño patrimonial, el responsable tendrá que resarcirlo conforme lo establece la ley y/o el contrato. 8. Comunicación y/o Comunicados: 8.1 Toda comunicación entre las partes tendrá que ser de forma expresa y escrita en los domicilios que se señalan en la solicitud o vía correo electrónico, con el objeto de revestir con valor jurídico la información, sobre los siguientes términos y condiciones: 8.1.1 El proceso de comunicación es esencial en el desarrollo de la comunicación de procesos por lo cual toda comunicación tendrá que ser mediante correos corporativos de las partes. Tendrá que ser concreta y objetiva siempre apegada a los PNO (Procedimientos Normalizados Operativos); de lo contrario no tendrá validez con relación a los procesos y cumplimientos. 8.1.2 Todo acuerdo o comunicado tendrá que enviarse vía correo electrónico de manera expresa y escrita bajo los formatos establecidos, respectivamente foliados, salvo los que sean de manera contractual o requiera la firma de “Las Partes”. 8.1.3 Las reuniones –en el caso de haberlas por planes de trabajo– se podrán realizar de manera presencial (en persona o en línea), haciendo posible que las partes asistan a reuniones presenciales mediante aplicaciones como Skype o FaceTime, o alternando el formato de las reuniones. Así como también podrán asistir de sus representantes debidamente acreditados con poder de decisión. 8.2 Que los comunicados y negociaciones en vía electrónica revestirán en todo momento valor jurídico pleno como si hubiesen sido firmados por las partes con firma autógrafa, por lo que “Las Partes” manifiesta que las direcciones electrónicas de su propiedad y/o uso informadas tiene de su pleno dominio y su estricta responsabilidad. Las comunicaciones vía telefónica y/o redes sociales solo se podrán usar entre las partes para comunicación de consulta pero no para solicitar autorizaciones de movimientos operativos o agendas de trabajo. 8.3 Todos los avisos y correspondencia entre las partes derivadas del presente convenio deben efectuarse por escrito y surtirán efectos cuando la otra parte lo reciba. Dichos avisos y comunicaciones deberán ser enviados por escrito al correo electrónico y confirmados o con el envío de una copia en correo certificado, con acuse de recibido con porte pagado. 8.4 Las partes señalan que dependiendo de la naturaleza e importancia de los comunicados y correspondencia que se origine del desarrollo natural del presente convenio, puede ser parte del mismo, formando parte como addenda, para lo cual en dicho comunicado y/o correspondencia que inicie el canal de comunicación pedirá que dicho sea integrado y forme parte de la addenda addenda. 8.5 Las partes señalan que el contenido ya sea parcial y/o total de los comunicados y/o correspondencia, así como los archivos adjuntos que se deriven del desarrollo del presente convenio, tendrá el carácter confidencial por lo cual tendrá que apegarse a lo señalado en el presente documento. 8.6 El uso de correos corporativos implica que cualquier punto de vista, opinión, comentario y/o instrucción presentada en el mensaje representa solo al autor, no necesariamente a "Red Salud”, por lo que siempre tendrán que apegar a las políticas, términos, condiciones y procesos normalizados establecidos. 8.7 Las partes tendrán la obligación de dar seguimiento a la comunicación en todos los procesos por medio de los formatos establecidos, así como también, realizar la notificación de recibido y/o contestarlos en un periodo no mayor a 72 horas; en caso contrario, el remitente tendrá la obligación de notificarlo dos veces mas (por día) y se dará por recibido el documento. En caso de requerir seguimiento por procedimiento aplicara una sanción administrativa o contractual según aplique en los procedimientos. 8.9 Cualquier solicitud o aclaración por las partes tendrá que realizarse de manera formal, escrita y expresa en todo momento. 9. Propiedad Intelectual: 9.1 “El Prestador de Servicio” reconoce que la titularidad de los derechos de propiedad intelectual la franquicia, así como también, toda la logística administrativa, jurídica, contable y fiscal, know-how, el branding, el e-learning, el e-training y en general la Franquicia “Red Salud” y su marca comercial “Afilia-T”, así como todos y cada uno de los programas existentes y que se continúen generando con motivo del ofrecimiento de los diversos productos que se distribuyen a través de la franquicia, son Propiedad Intelectual de “La Licenciante” por lo que: 9.1.1 “Las partes” del presente convenio son responsables de la copia parcial y/o total que pudiera originar mediante el personal de cada parte del presente convenio. Esto aplica para todo el programa y el desarrollo de nuevas ideas que se deriven de las reuniones de trabajo y/o propuestas para implementar en el programa, derivados a las relaciones comerciales y profesionales de las partes y su personal. 9.1.2 “El Prestador de Servicio” reconoce que desde el momento de solicitar el presente convenio, y durante el desarrollo del objeto y aún después en caso de cualquier terminación de contrato, tiene conocimiento del know-how de la “Franquicia”, y está protegido por la leyes de propiedad intelectual, así como los derechos de autor, por lo que se obliga a no reproducir de manera total y/o parcial un producto nuevo y/o similar, a firmar, comprar, manejar y/o diseñar una nueva marca que administre una o varias empresas con negocio del mismo giro de la “Franquicia” materia del presente convenio. 9.1.3 La divulgación total o parcial, por cualquier medio, sin autorización de “Red Salud” puede constituir un delito en términos de lo dispuesto por los artículos 210, 211 y 211 Bis del Código Penal Federal y 223, fracciones IV y VI de la Ley de la Propiedad Industrial. Las penas consignadas en los artículos de referencia se aplican sin perjuicio del pago de daños y perjuicios que, en su caso, ocasione la revelación de la información. 9.1.4 “El Prestador de Servicio” reconoce y acuerda que la franquicia “Red Salud” y el programa “Afilia-T”, así como también los programas se podrán replicar a nivel nacional conforme lo establece “Red Salud”, por tener los derechos de la propiedad intelectual de la franquicia y “Los Programas”; se reconoce que por el manejo de las redes los programas no entrarán en ninguna exclusividad de territorialidad, ya que estos están diseñados solo para ofertar los servicios a través de nuestros convenios. 9.1.5 “El Prestador de Servicio” reconoce y acuerda que la franquicia “Red Salud” tendrá todos los derechos de los programas que se desarrollen a través de nosotros, nuestros socios comerciales, franquiciatarios, y colaboradores y que no podrán registrarlos como suyos por ningún motivo o causa sin consentimiento expreso y por escrito de “Red Salud”; tal acto será considerado como una falta contractual del presente y la empresa podrá en todo momento ejercer las acciones legales correspondientes, así como también exigir el pago de los daños o perjuicios que se dé por causas imputables a la acción. 9.1.6 El material informativo, publicitario, mercadológico, de capacitación, siendo estos enunciativos y no limitativos, fuera de lo establecido en los PNO (Procedimientos Normalizados Operativos), también está considerado en lo que marca la fracción III de esta cláusula. 9.1.7 Los derechos de uso del licenciamiento de la marca y el programa es para la implementación, desarrollo y explotación del mismo, en ningún momento se considera venta, transmisión o derecho alguno sobre la licencia, la información o la documentación. Los derechos concedidos de conformidad con los términos del presente contrato afectan a cualquier actualización que sea incluida en este por sustitución y/o complemento del producto original, a menos que la actualización contenga una licencia propia. 9.1.8 La licencia no le concede ningún derecho de propiedad compartida y no podrá y se compromete a no copiarla o permitir copiarla a terceros. 9.1.9 La exclusividades territoriales de licenciamiento no aplicarán en ningún momento para ningún programa integrado dentro de la franquicia. 9.1.10 Todas las marcas, logotipos, eslogan, programas, material exhibido y suministrado, nombres de dominios, nombres comerciales, programas, obras artísticas, contenidos, organización, recopilación, compilación, información, fotografías, imágenes, aplicaciones, y en general cualquier información contenida o publicada o trabajada dentro de la sucursales, subsidiarias, redes sociales o pagina web, se encuentra protegida de conformidad con la legislación aplicable en materia de propiedad intelectual e industrial, por los tratados internacionales, y las leyes del Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR); perteneciendo los derechos y registros a “Red Salud”, sus socios comerciales, o de sus respectivos titulares. Lo anterior podrá ser utilizados o exhibido previa autorización de la empresa en los convenios establecidos; exceptuado lo expresamente estipulado, QUEDA ESTRICTAMENTE PROHIBIDO cualquier reproducción (copiado, distribuido, vuelto a publicar, desplegado, anunciado o transmitido) parcial y/o total de esta obra o el material de ninguna manera o por ningún medio conocido o por conocer, incluyendo, medios electrónicos, magnéticos, mecánicos, de fotocopiado, de grabación o de cualquier otra índole, con fines comerciales, sin la autorización expresa por escrito de la empresa, siendo lo anterior enunciativo más no limitativo. 9.1.11 Se otorga permiso para copiar y distribuir el material para uso personal no comercial, con la condición de que usted no modifique el material y que conserve todas las leyendas de derechos de autor y de otro tipo de propiedad contenidas en el material. 9.1.12 Los permisos y autorizaciones terminan automáticamente si usted viola cualquiera de estos términos y condiciones. 9.1.13 Cualquier uso no autorizado de cualquier material constituye una violación de las leyes de derechos de autor, de las marcas comerciales, de las leyes de privacidad y publicidad y de las leyes y reglamentos de comunicaciones. 10. Competencia desleal: Se entiende como práctica de competencia desleal el hecho de que “El Prestador de Servicio”: 10.1 Haga uso indebido del conocimiento técnico, know-how, el branding, el e-learning, el e-training y cualquier otro intangible empleado por el recurso humano en virtud de su vinculación con “Red Salud”. 10.2 Haga uso indebido de recurso humano, tecnológico e intelectual puesto a disposición de “El Prestador de Servicio” por “Red Salud” ya que es de uso exclusivo para los fines del presente convenio. 10.3 Realice cualquier transacción comercial permutativas, modificadas o mixtas (la contratación, explotación, convenio, acuerdo escrito o verbal, etc.), de los recursos tangibles e intangibles (humano, financiero, tecnológico, materiales y de cualquier índole) que sean de injerencia “Red Salud”, socios comerciales, proveedores y/o clientes (propiedad de estos o proporcionados por los mismos) durante la vigencia de este convenio y posterior a este, para uso fuera de lo establecido en el presente. 10.4 “El Prestador de Servicio” por un plazo no inferior a diez (10) años, no podrá contratar o requerir los servicios del personal técnico y/o profesional de la franquicia ya sean directos o indirectos, así como también a los proveedores (socios comerciales), sin que medie consentimiento expreso de esta última. El incumplimiento de éste pacto dará lugar a una indemnización de cinco (5) veces el valor global del presente contrato en concepto de coste de formación del personal y proveedor. 10.5 Realizar algún registro de propiedad intelectual e industrial de las marcas, programas, eslogan, etc., que se manejen en la franquicia, de manera parcial o total o similar. 10.6 Debido al trabajo de difusión que realiza la red para atraer a clientes a “El Prestador de Servicio” es considerado competencia desleal si este realiza acuerdos con los mismos sin notificar a “Red Salud”. 11. Relación Laboral: “Las Partes” expresamente reconocen y aceptan que: 11.1 Ni él, ni ninguno de sus empleados o contratistas serán considerados de manera alguna como trabajadores de la otra, en virtud de no existir relación de trabajo entre ambas partes, por lo que en ningún caso podrá considerárseles mutuamente como intermediarios o como patrones sustitutos o solidarios. 11.2 De las acciones, decisiones y/o desempeño que realice su personal en relación a lo encomendado con el presente convenio. 11.3 “Las Partes” convienen en que “Red Salud” no asumirá responsabilidad alguna derivada de las relaciones laborales existentes entre “El Prestador de Servicios” y su personal que utilice para la realización de sus actividades. “El Prestador de Servicios” en su carácter de patrón, será responsable de las relaciones entre él y sus trabajadores, serán única y exclusiva responsabilidad de “El Prestador de Servicios”, por lo que bajo ningún concepto se podrá considerar a “Red Salud” como patrón directo o sustituto del personal. En este sentido, “El Prestador de Servicios” se compromete en sacar a paz y a salvo a “Red Salud” y sus accionistas, representantes, factores o dependientes de cualquier demanda, reclamación o responsabilidad civil, laboral, fiscal, de seguridad social, penal y/o administrativa derivada de la relación laboral o contractual que “El Prestador de Servicios” mantenga con su personal; y viceversa. 12. Membresía: 12.1 “Red Salud” y los “SUJETOS BENEFICIARIOS” reconocen que para hacer efectivos los beneficios del programa y sus membresías de salud deberán acreditar tal carácter presentando la identificación acordada en el presente convenio y sujetándose a las políticas, términos y condiciones del programa. 13. Aviso de Privacidad: “Red Salud”, en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y su Reglamento (en adelante la “Ley de Datos”), hace de su conocimiento que se cuenta con el presente Aviso de Privacidad (en adelante “El Aviso”) para el uso de datos personales; para el caso de que “Red Salud” reciba, maneje, procese, trate y conserve datos personales de particulares, el Aviso tiene por objeto dar a conocer a estos la información que se recaba de ellos, los fines con los que se recaba, así como establecer los términos y condiciones que prevalecerán en el manejo, uso y protección de los datos personales, mismos que permitirán garantizar la privacidad de los mismos, así como el derecho de autodeterminación informativa que le corresponde a cada uno. Asimismo, “Red Salud” mantiene las medidas de seguridad administrativas, técnicas y físicas necesarias que permiten garantizar la privacidad y protección de los datos personales contra daño, pérdida, alteración, destrucción o el uso, acceso o tratamiento no autorizado de los mismos. Esto en virtud de que “Red Salud” reconoce la importancia de proteger la privacidad de los datos personales que de los particulares son recabados. 14. Difusión: Expresan “Las Partes”: 14.1 Que “Red Salud” comunicará a los “SUJETOS BENEFICIARIOS”, que hagan uso del servicio y membresía otorgada por “Red Salud”, además de los beneficios que aplicarán dentro de su membresía y las condiciones del uso. 14.2 Que “El Prestador de Servicios” brindará las facilidades necesarias para que “Red Salud” o la personas que se encuentren bajo su responsabilidad de esta ultima, realicen la difusión de sus servicios, la implementación de brigadas y campañas a través de los medios de comunicación que esta designe y que las partes acuerden y consideren oportunas, relativas al objeto del presente convenio, a todo afiliado. 14.3 “El Prestador de Servicios” comprende que cualquier material publicitario que se suba a redes sociales motivo al cumplimiento objeto del presente convenio se vuelve de dominio público, por lo que cualquier plan de trabajo encanto a la publicidad de sus servicios una vez concluido y publicado no podrá ser sujeto a reclamación, por lo cual, cada vez que se trabaje un material “El Prestador de Servicios”, será informado para que otorgue el visto bueno de dicha información. 14.4 Dentro de nuestras actividades de promoción implica platicas, talleres, conferencias, capacitaciones, programas de radio o televisión al cual se le invitará a participar a “El Prestador de Servicios” con el objeto de publicitar el objeto de este convenio y el cual podrá participar si lo cree conveniente, en el entendido que cualquier aceptación se vuelve parte de un plan de trabajo en el presente convenio y se compromete que en su participación la realizará por medio de la marca que representamos conjuntamente en el presente convenio. 15. Autorizaciones: 15.1 El uso de marca, nombre, denominación comercial y social, imagen para la publicación de los servicios motivo del presente convenio, en medios digitales o analógicos de divulgación o comunicación, destinados a la información, publicidad o promoción comercial. 15.2 Esta autorización continuará vigente siempre que el convenio este en vigencia y/o de lo gestionado, trabajado, implementado en pasado o presente o futuro en relación del mismo. 16. Modificación de políticas, términos y condiciones 16.1 “Red Salud” se reserva el derecho de modificar, reestructurar ó cancelar en cualquier momento, total o parcialmente, los términos y condiciones del programa (actuales y futuros), los beneficios, así como también los beneficios acumulados, en cualquier momento, por beneficio a los usuarios o regulaciones vigentes. Dichos cambios serán informados a los usuarios a través de un anuncio vía la pagina web www.rsalud.com.mx. 16.2 Cuando “Red Salud” establezca nuevos lineamientos de operatividad, solo tendrá que mandar el comunicado expreso y por escrito por los medios establecidos en el presente convenio, ya que estos no son considerados como negociaciones. En este caso, las modificaciones será la versión más actual la que aplique ya que reemplazará a todas las versiones anteriores. 16.3 Toda negociación parcial llevada a cabo por “Las Partes” por virtud de este convenio, quedará siempre sujeta a la aprobación expresa y por escrito de “Las Partes”, sin la cual no quedará esta obligada en forma alguna darle seguimiento y quedan excluidos de cualquier responsabilidad legal, reservado en todo momento lo establecido en el presente convenio. 17. Contraprestación y forma de pago: 17.1 Que cada pago y/o cobro convenido por “Las Partes”: En caso de cobro de servicios por parte de las unidades de Red Salud 17.1.1 Se tendrá que realizar por transferencia en las cuentas de transferencias electrónica registradas en el anexo correspondiente en las fechas acordadas contra entrega del comprobante fiscal debidamente requisitado (llenado correctamente, firmado y/o sellado). 17.1.2 Se realizarán los cortes los días 28 de cada mes a las 12:00 horas de los servicios prestados y se pagarán entre el día 1 y 2 en el orden alfabético de prestador del servicio. 17.1.3 Que la contraprestación se pagará conforme los importes establecidos con él (los) impuesto incluidos, menos las retenciones que por Ley, en su caso, deba efectuar cualquiera de “Las Partes”. 17.1.4 Todos los pagos o cobros fijos y programados que se efectúen de las operaciones de la franquicia tendrán que estar registrados en el tabulador de pagos para que se cumplan en tiempo y forma como lo establece el documento. 17.1.5 El concepto de pago de regalías es sobre la base de las utilidades del programa Afilia-T pro medic serán pagadas conforme el cierre contable y fiscal anual, el cual será informado y depositado según la productividad de cada afiliado a la red del programa. 17.1.6 El pago de comisiones tendrá un cargo del 7% sobre importe por concepto de dispensación de recursos, el pago mínimo por transferencia será de 500.00 de lo contrario se acumulará al siguiente mes. 17.1.7 “Red Salud” se obliga a pagar los importes generados y establecidos en el convenio y/o en los procesos o programas que se generen por la prestación de los servicios y no podrá detener el pago, salvo que de algún servicio que se presente una inconformidad de la prestación según lo pactado en el presente convenio, en el entendido que quedará como suspendido hasta la aclaración de dicho servicio, pero en ningún momento podrá retener el importe a pagar de los otros servicios. 17.1.8 En el caso de que el servicio sea cobrado por el prestador de servicios, este notificará a Red Salud el servició, el afiliado y el importe cobrado, así como el importe de transmisión de la comisión otorgada para que sea enviada la factura correspondiente para que se realice dicho deposito. 17.1.9 En que cada una de ellas asumirá sus obligaciones fiscales tanto principales como accesorias, atendiendo a los efectos de índole contable y fiscal que se puedan desprender del presente contrato, debiendo estarse a lo previsto por la Ley Fiscal vigente y aplicable, para lo cual cada parte será responsable de sus obligaciones fiscales derivadas de la naturaleza bajo los términos y condiciones de este contrato. 17.1.10 Que todas las negociaciones pactadas bajo este convenio cumplirán con los lineamientos fiscales establecidos y vigentes. Cualquier manejo contraviniendo esta fracción “El Prestador de Servicios” asumirá la responsabilidad absoluta de las consecuencias derivadas. 18. Responsabilidad Legal 18.1 El usuario está de acuerdo en indemnizar a “Red Salud” por cualquier acción, demanda o reclamación (incluso de honorarios de abogados y de costas judiciales) derivadas de cualquier incumplimiento por parte del usuario al presente convenio; siendo estas enunciativas más no limitativas, así como de alguna de las derivadas: 18.1.1 Cualquier aspecto relativo a la prestación del servicio negligente con él afiliado. 18.1.2 La violación a las leyes aplicables o tratados internacionales relativos a los derechos de autor o propiedad intelectual, contenidos o disponibles, así como, de la prestación del servicio. 18.1.3 Del incumplimiento de los permisos y licencias que exija la normativa vigentes, y libera a Red Salud de cualquier responsabilidad que origine su falta en el cumplimiento de este punto. 19. Vigencia del convenio 19.1 Este convenio tiene una duración como mínimo de un (1) año y una vez concluido dicho termino, podrá ser renovado a voluntad de “Las Partes” previa comunicación una de la otra, cuando menos con treinta (30) días de anticipación. 19.2 Dicho plazo de vigencia se entenderá renovado automáticamente por plazos iguales, con las continuas operaciones que realicen las partes al amparo del presente contrato, sin perder el objeto primordial. 19.3 No obstante “Las Partes” quedan en libertar de darlo por terminado anticipadamente, comunicándolo por lo menos 60 días de anticipación, de manera expresa y escrita, ademas de fundamentar y justificar el motivo de la solicitud de cancelación. 19.4 Señalando que al tener por terminada la relación contractual cesarán todas y cada una de las obligaciones contractuales operativas por parte de la franquicia obtenidas en el presente convenio. 19.5 En caso de la terminación del convenio por cualquier motivo y en el caso de haber una programación de campañas, brigadas o trabajos pendientes, “Las Partes” convienen que se concluirán según la fecha programada. Para la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente convenio, “Las Partes” acuerdan sujetarse a la jurisdicción y competencia de los Tribunales de la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, renunciando al privilegio de cualquier otro fuero que tuvieren o llegaren a tener con motivo de su domicilio actual o futuro. Leído que fue el presente convenio por “Las Partes” y enterados de su alcance, responsabilidades y efectos legales, lo firman de conformidad y libre de cualquier vicio de voluntad, en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, en la fecha establecida en la solicitud correspondiente.